El horizonte jurídico de Alberto Contador se llama Tribunal de Arbitraje Deportivo. La rigidez de la norma sancionadora, que pretende castigar por apreciarse una muestra ínfima de clembuterol, ofrece una duda razonable a la hora de solicitar un arbitraje de Derecho o de Equidad. El primero, exige un tribunal formado por abogados en ejercicio y sólo pueden aplicar la ley. El segundo, no tiene que estar integrado necesariamente por juristas y tiene capacidad para rebatir la norma si la entendiese inadecuada.
Contador ha escrito una carta en su web explicando que se pretende sancionarlo por una cuestión aprobada hace muchos años e inadaptada a la tecnología actual, capaz de detectar 50 picogramos, 400 veces menos de lo que detectan los controles AMA. Con razón, solicita que se le juzgue conforme a una norma adaptada.
El TAS debe apreciar que Contador ni se dopó ni descuidó la vigilancia de las sustancias que entran en su cuerpo pues la cantidad resulta ridícula enmarcada en una serie de controles sucesivos negativos. Y es evidente que no lo hizo porque el control de lo ingerido escapa a las posibilidades humanas. La cantidad resulta indetectable fuera de una muestra realizada con muy alta tecnología.
Los excelentes abogados que, a buen seguro, ha contratado el tricampeón del Tour sabrán plantear el conflicto en las mejores condiciones. Será responsabilidad exclusiva del TAS castigar a un inocente, a un profesional honrado en virtud de una ley obsoleta que sólo podrá interpretarse e inaplicarse por aquellos que, legalmente, puedan contradecirla. De ello depende una parte del futuro del ciclismo y la credibilidad de un Tribunal nacido para hacer justicia, no para sancionar injustamente.